La Universidad Andina del Cusco pone a disposición el Reglamento de Becas para aquellos que estén interesados.
De la Convocatoria y el Cronograma
La Dirección de Bienestar Universitario dará a conocer la convocatoria y cronograma de actividaes a cumplir para la adjudicación de becas en forma semestral, durante los primeros quince (15) días hábiles de iniciado el respectivo semestre académico; los expedientes organizados con los requisitos establecidos se recepcionarán en mesa de partes, durante TRES (3) días segun cronograma, y el cuadro o informe final sobre el estudio efectuado, debera ser remitido al consejo universitario, a mas tardar a los treinta (30) días hábiles luego del cierre de la recepción de expedientes, bajo responsabilidad de quienes incumplan estos plazos.
De las Obligaciones de los Becarios
Los estudiantes beneficiados con las becas parciales e integrales, tienen adicionalmente las obligaciones siguientes:
La vigencia de las becas parciales sera por un semestre académico, se comprenderán a partir del primer día hábil de clases, hasta el último día de exámenes finales, al termino del cual podrá renovarse previa evaluación y presentación documentaria adecuada, y se otorgará en 2 semestres consecutivos y/o 3 alternos.
De las Infracciones y Sanciones
La solicitud de los aspirantes a becas, que no proporcionen información fidedigna será rechazada y declarada improcedente, y el recurrente sujeto a las sanciones que establece el estatuto de la universidad.
Los estudiantes beneficiarios en cualquiera de las modalidades pierden la beca por presentar documentos falsificados o adulterados, ésta conducta sera calificada como acto de indisciplina o actos reñidos contra la moral, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales.
Disposiciones Finales
Las vacantes para el otorgamiento de becas parciales e integrales, será establecida proporcionalmente por el programa académico profesional, en relación al número de alumnos matriculados al cierre de la presentación de solicitudes, en proporción a la siguiente:
La resolución que otorga becas parciales e integrales será publicada en la Dirección de Bienestar Universitario para el conocimiento de los interesados.
Los casos no previstos en el presente reglamento, serán resueltos por el Consejo Universitario propuesta de la Dirección de Bienestar Universitario.